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"... la mayoría de los emprendedores se inician en nichos de mercado en los que el realismo dicta la percepción de utilidades moderadas, pero en los que no requieren mucho capital de trabajo o inversión inicial en investigación y desarrollo, plantas manufactureras o mercadotecnia ni se ven obligados a enfrentar a grandes rivales."

 

Amar V. Bhidé.

 

Subsidios para el desarrollo tecnológico de PyMEs PDF Imprimir Correo
Escrito por Administrator
Viernes, 06 Enero 2012
  

Subsidios para PyMEs

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, a través del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR), llama a la presentación de Proyectos de Innovación Tecnológica para la adjudicación de Aportes No Reembolsables (ANR 800).

 

La convocatoria entregará subsidios destinados al financiamiento de proyectos de desarrollo tecnológico presentados por empresas PyMEs en el marco del Programa de Innovación Tecnológica II (PIT II).

 

Se entregarán subsidios por hasta $800.000 y en ningún caso estas subvenciones podrán exceder el 50% del costo total del proyecto, debiendo la empresa beneficiaria aportar el resto.

 

OBJETIVOS

 

Financiar parcialmente proyectos que tengan como meta mejorar las estructuras productivas y la capacidad innovadora de las empresas productoras de bienes y servicios de distintas ramas de actividad, mediante “proyectos de innovación y desarrollo tecnológico”, que conduzcan a generar innovaciones a nivel nacional de productos y/o procesos. Para el logro de estos objetivos, es importante articular los impulsos emprendedores de las empresas, con la capacidad y desarrollo de las instituciones científico tecnológicos de todo el país.

 

 

BENEFICIARIOS


Empresa productoras de bienes y servicios que satisfagan la condición PyME, constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio nacional. Dichas empresas deberán funcionar en un todo de acuerdo a las leyes nacionales que rigen la tipificación de las mismas y de las resoluciones de los organismos de contralor pertinentes.

 

En el caso que los solicitantes fueran más de una empresa, las mismas deberán acreditar documentalmente y con las formalidades legales vigentes, el tipo de asociación entre ellas (UTE, Agrupación de Colaboración, Consorcios de Cooperación, etc.).

 

 

PROYECTOS ELEGIBLES

 

Se financiarán proyectos que se orienten a:

 

  • Desarrollo de tecnología a escala piloto y prototipo
  •  

  • Producción de conocimientos aplicables a una solución tecnológica, cuyo desarrollo alcanza una escala de laboratorio o equivalente.
  •  

  • Desarrollo innovativo de nuevos procesos y productos a escala piloto o de prototipo.
  •  

  • Modificación de procesos productivos que impliquen esfuerzos relevantes de ingeniería.
  •  

     

     

     

     

    FINANCIACIÓN

     

    Aportes No Reembolsables de hasta PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000). En ningún caso estas subvenciones podrán exceder el 50% del costo total del proyecto, debiendo la empresa beneficiaria aportar el resto.

     

    En ningún caso podrá asignarse a una empresa subsidios por un monto mayor a PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000), pudiendo la misma empresa presentar más de un proyecto, siempre y cuando la sumatoria de los montos de ANR solicitados
    no exceda este monto.

    Los proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución de 36 meses.

     

     

    Más información en: http://www.agencia.gov.ar/spip.php?page=convocatorias_articulo&mostrar=1544

     

     

     

    Foto © Photographer: Andrey Andreev | Agency: Dreamstime.com

    Última actualización ( Viernes, 06 de Enero de 2012 11:06 )
     
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